A partir del lunes 28 de abril, las personas con saldos pendientes podrán presentarse en las recaudadoras municipales con su identificación oficial (INE) vigente y solicitar la aplicación de la prescripción administrativa. Este procedimiento permitirá cancelar los adeudos vencidos del impuesto predial y el servicio de agua potable que corresponde al 2019 y años anteriores.
El tesorero municipal Christian Castro Castro detalló que, de las aproximadamente 360 mil cuentas registradas de predial, cerca de 160 mil son las que se encuentran en situación de morosidad. En el caso del servicio de agua potable, existen alrededor de 350 mil cuentas, de las cuales 200 mil presentan pagos pendientes.
“Los contribuyentes que deban más de cinco años y se acerquen al municipio, les vamos a eliminar los adeudos que tengan de 2019 hacia atrás, esto en predial y agua potable. Con este mecanismo, ¿qué es lo que estamos buscando? Que los ciudadanos que se encuentran en morosidad ante el municipio se pongan al corriente eliminando una parte importante de los adeudos que tienen. De las aproximadamente 360 mil cuentas que tenemos en predial, cerca de 160 mil se encuentran en situación de morosidad ante el municipio”, explicó el tesorero.
En cuanto al servicio de agua potable, precisó que existen cerca de 350 mil cuentas registradas, de las cuales alrededor de 200 mil tienen pagos pendientes; sin embargo, aclaró que el beneficio no estará disponible para quienes tengan juicios o procesos legales vigentes contra el Gobierno de Tlajomulco, ni para aquellos cuya prescripción de deuda haya sido interrumpida legalmente.
Para obtener el beneficio
• El titular debe acudir personalmente a cualquier oficina recaudadora del municipio.
• Presentar una copia de su identificación oficial (INE) vigente.
• Solicitar la aplicación del beneficio del Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos 2025.
• El personal verificará el estado de cuenta, confirmará si aplica el beneficio (considerando las exclusiones) y calculará el monto a pagar (del 1 de enero de 2020 a la fecha).
• Realizar el pago en una sola exhibición o formalizar un convenio de pago en ese momento, siempre dentro del ejercicio fiscal 2025.