Este miércoles se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 261 del Código Penal Federal, que aumenta hasta casi a 30 años de cárcel la pena por el delito de abuso sexual cuando se cometa en agravio de un menor de 15 años de edad.
Con este decreto se reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 261 Bis, que establecía que la pena por abuso sexual era de seis a 13 años de prisión.
Ahora el castigo será se impondrá de acuerdo a lo establecido en el artículo 266 Bis del Código Penal, que dice “las penas previstas para el abuso sexual y la violación se aumentarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo“.
La pena de cárcel por abuso sexual contra un menor en el que se usó la violencia podría aumentar hasta los 19 años y medio.
El artículo detalla que la condena aumentará en una mitad en su máximo y mínimo cuando el abuso sexual contra el menor de edad sea cometido entre dos o más personas y también cuando el que incurra en este delito tenga un parentesco con la víctima, ya sea el tutor legal o padrastro del afectado.
También aplica en los casos cuando el que cometa abuso sexual tenga algún cargo o empleo público, utilizando los “medios o circunstancias” a su favor.
Además, aplica también cuando el menor de edad este bajo el resguardo o custodia de su agresor.
Igual se indica que además de la medida de cárcel, el culpable pederá la patria potestad o tutela total de la víctima.
El decreto fue publicado en el DOF este miércoles 17 de abril y entrará en vigor el día de mañana, 18 de abril.
De acuerdo con la sociedad civil “Aldeas Infantiles SOS”, México ocupa el primer lugar a nivel mundial en abuso sexual infantil, con 5.4 millones de casos por año.
CON INFORMACIÓN DE LATINUS